El contrato laboral, por decirlo de manera simple, es un acuerdo entre una empresa (o empresario) y un trabajador, según la cual, la empresa se compromete a abonar un salario a cambio de la prestación de un trabajo o servicio.
Índice:
Tipos de contratos
Este acuerdo mutuo puede contemplar diferentes derechos y obligaciones por ambas partes y, depende del tipo de contrato que se firma, el trabajador se comprometerá a más o menos prestaciones, llegando incluso a incurrirse en determinadas circunstancias, a fraude de ley frente a la seguridad social.
Existen 2 grupos principales de contrato
- Contrato indefinido
- Contrato temporal
Contratos Indefinidos Españoles
En este contrato, no se define fecha de finalización de la actividad que se llevará a cabo en la empresa, sin importar de que la jornada sea a tiempo completo o parcial.
Modalidades de contratos indefinidos:
- Ordinario
- Programa del Fomento de Empleo
- Apoyo a emprendedores
Contratos Temporales
En esta modalidad laboral, la relación empresa-trabajador se fija por un periodo limitado de tiempo, (se conoce de antemano cuando finaliza el trabajo) y, una vez más, es indiferente si la jornada es a tiempo completo o parcial.
Diferentes tipos de contratos temporales
De aprendizaje y formación
Se pretende que la persona contratada, realice un periodo de formación práctica y teórica (de 3 meses mínimo y 3 años máximo), que compaginará con el ejercicio profesional por el que ha sido contratado.
Este tipo de contrato, en su apartado laboral, será siempre retribuido
Requisitos para el contrato de formación y aprendizaje:
- El trabajador debe tener entre 16 y 25 años de edad.
- Debe ser su primer empleo en esa categoría profesional.
- No debe tener cualificación laboral.
Contrato en prácticas
En esta modalidad, el empleado realizará una labor similar a la del empleado normal como continuación a su formación, (por este motivo las prácticas deben estar relacionadas con los estudios realizados previamente, normalmente de formación profesional), con la intención de que la persona adquiera experiencia ‘práctica’.
Este tipo de contrato se retribuye en función del convenio colectivo de la empresa (no pudiendo ser inferior al 60% y 75% el primer y segundo año, respectivamente, y no pudiendo ser inferior a 6 meses, ni superior a un año.
Contrato por obra o servicio
Se suele utilizar para un determinado servicio que, habitualmente, no desarrolla la empresa, y su duración nunca debe ser superior a 3 años desde su inicio, con la posibilidad de prorrogar 12 meses más la duración, una vez identificadas las necesidades del puesto.
Contrato interino
El contrato de interinidad permite el reemplazo temporal de un trabajador por causas, de enfermedad, accidente, etc…), permitiendo cubrir el puesto de trabajo a la espera de la reincorporación del trabajador original (lo que significa que se le reserva el puesto de trabajo).
Contrato Eventual ligado a la producción
La empresa recurre a este tipo cuando, por necesidades de producción especiales (campañas con exceso de pedidos, por ejemplo), necesitan ampliar la plantilla durante ese periodo, y este tipo de contratos no pueden superar los 6 meses de duración.
Contrato Bonificado temporal
La flexibilidad laboral vigente durante estos años de crisis, ha promovido todo tipo de ayudas y bonificaciones, a la hora de reducir la cotización mensual a la empresa a la seg, social.
- Mujeres reconocidas como víctimas de violencia de género
- Víctimas de acciones terroristas
- Individuos en riesgo de exclusión social
- Trabajadores de más de 52 años que cobren subsidio de desempleo.
- Personas en exclusión social por reinserción.
- Personas con más de un 33 % de discapacidad
Partes de un contrato de trabajo
Los contratos laborales (ya sean verbales o escritos), reflejan las condiciones que regirán la relación empresa-trabajador, pero se acepta que debe incluir, como mínimo, esta información:
- Datos de identificación inequívoca de la empresa y el empleado
- Fechas de inicio y fin de la relación, así como el horario laboral
- Lugar en el que se va a desarrollar el trabajo
- Categoría profesional (y grupo) del empleado
- Salario bruto y neto acordado
- Calendario de vacaciones
- Claúsulas de despido, condiciones de preaviso, finiquito, etc.
- Identificación y localización del convenio colectivo a aplicar
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